Informe OSCE: Elecciones Generales 20D 2015

Informe final de la OSCE tras la misión de observación de la Elecciones Generales del 20 de Diciembre de 2015.

RECOMENDACIONES

 

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Las autoridades deben garantizar el disfrute de los derechos fundamentales de libertad de expresión, reunión pacífica y asociación, y que cualquier restricción en el ejercicio de estos derechos solo debe producirse de una forma mínima y proporcional y siempre en conformidad con las normas internacionales.

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Las autoridades deben abordar las deficiencias del sistema de voto por correo, y tomar medidas para asegurar que todos los votantes se benefician de la igualdad de oportunidades para ejercer su derecho al voto.

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La ley electoral y los aspectos prácticos de la organización de la jornada electoral,  deben ser revisados para garantizar el secreto del voto.

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Se debería considerar la posibilidad de revisar el método de selección de los miembros ejecutivos de RTVE, con el fin de proteger la cadena pública de la interferencias políticas y asegurando estándares de profesionalidad e independencia editorial.

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Modificar la ley electoral con el fin de ampliar el derecho a votar a todas las personas con discapacidad, que actualmente lo tienen mermado.

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Se debería considerar la posibilidad de establecer igualdad de condiciones para la presentación de los candidatos por los partidos p0liticos y por grupos de ciudadanos.

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Se deben hacer esfuerzos por parte de las autoridades para garantizar la igualdad de participación de las mujeres y los hombres en el proceso electoral. Los partidos políticos deben tomar nuevas medidas para aumentar la participación de las mujeres tanto como candidatas como en las diferentes actividades públicas.

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Asegurar que todas las infracciones en la financiación de los partidos políticos conllevan sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias.

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Modificar la legislación para garantizar efectividad en los procedimientos y plazos de presentación de recursos judiciales sobre quejas con respecto a la campaña electoral. Todas las reclamaciones electorales deben estar libres de obstáculos innecesarios y excesivos. La ley debe ser clara y coherente a fin de desalentar la interpretación arbitraria.

 

 

 

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